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Order (Auto)October 29, 2019

A- de 2019

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez

✓Claimant Antonio Jose Quintero Doria·Respondent Registraduria Nacional Del Estado Civil

01

Topics and subtopics of the ruling

The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Con el presente auto la Sala Tercera de Revisión ordenó recaudar algunas pruebas con el propósito de pronunciarse de fondo en relación con la controversia constitucional planteada en el asunto de la referencia.

Así mismo, dispuso suspender los términos para fallar hasta por 40 días más, contados a partir del momento en que las pruebas decretadas sean puestas a consideración del magistrado sustanciador.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (15 points)
  1. PRIMERO. ORDENAR que por conducto de la Secretaria General, se ponga en conocimiento del Hospital San Vicente de Paul de Rionegro, Antioquia, el contenido de la demanda de tutela que obra en el expediente T-7.453.964 para que, dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a la notificacion del presente auto, se pronuncien respecto de los hechos, las pretensiones y el problema juridico que plantea la aludida accion de tutela.
  2. SEGUNDO. Por Secretaria General, OFICIESE al Hospital San Vicente de Paul de Rionegro, Antioquia, que en el termino de cinco (5) dias habiles contados a partir de la notificacion de este auto, se sirva informar a esta Corporacion, con los correspondientes documentos que respalden sus afirmaciones, lo siguiente:
  3. * Si le ha prestado algun tipo de atencion medica al senor Antonio Jose Quintero Doria, identificado con cedula de ciudadania 2.780.074
  4. * Si el senor Antonio Jose Quintero Doria se encuentra incluido en lista de espera para el trasplante de higado.
  5. * Si en algun momento ha negado su inclusion en la referida lista en razon de su edad, de acuerdo con la fecha de nacimiento que aparece en su cedula.
  6. TERCERO. ORDENAR que, por Secretaria General, se libre oficio a la accionante, Antonio Jose Quintero Doria, para que, en un termino de cinco (5) dias habiles siguientes a la comunicacion de este auto, amplie su escrito de tutela, con los correspondientes documentos que respalden sus afirmaciones, en particular para que:
  7. 1. Informe si actualmente se encuentra incluido en lista de espera para el trasplante de higado.
  8. 2. Indique si, con posterioridad a la accion de tutela de la referencia, ha adelantado algun tipo de gestion o tramite administrativo ante la Registraduria Nacional del Estado Civil con el fin de obtener la cancelacion del registro civil de nacimiento identificado con el serial Ndeg 50685029 o la rectificacion de su cedula de ciudadania.
  9. 3. Manifieste si, con posterioridad a la accion de tutela de la referencia, ha presentado demanda de correccion de la partida de estado civil, ante los jueces civiles municipales de Monteria. En caso de que la respuesta sea afirmativa, indique el estado del proceso.
  10. CUARTO. ORDENAR que, por Secretaria General, se libre oficio a la Registraduria Nacional del Estado Civil, para que, en un termino de cinco (5) dias habiles siguientes a la comunicacion de este auto:
  11. * Informe si, con posterioridad a la accion de tutela de la referencia, el senor Antonio Jose Quintero Doria, identificado con cedula de ciudadania 2.780.074, ha adelantado algun tipo de gestion o tramite administrativo ante la Registraduria Nacional del Estado Civil con el fin de obtener la cancelacion del registro civil de nacimiento con numero 50685029 o la rectificacion de su cedula de ciudadania.
  12. QUINTO. ORDENAR a la Secretaria General de esta Corporacion que, una vez se hayan recaudado las pruebas solicitadas, se pongan a disposicion de las partes o terceros con interes por el termino de tres (3) dias, para que, en caso de considerarlo necesario, se pronuncien al respecto. Lo anterior, de conformidad con lo previsto en el inciso
  13. primero. del articulo 64 del Acuerdo 02 de 2015.
  14. SEXTO. En atencion a lo dispuesto en el inciso
  15. segundo. del articulo 64 del Acuerdo 02 de 2015, SUSPENDER los terminos para fallar el proceso de la referencia a partir de la fecha y hasta por (40) dias mas contados a partir del momento en el que las pruebas decretadas en este proveido sean puestas a disposicion del magistrado sustanciador por parte de la Secretaria General de la Corte Constitucional.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
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